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Residencias y centros geriátricos

¿Qué residuos genero habitualmente y cómo debo separarlos?

Consulta en esta tabla la información necesaria de cómo gestionar los residuos.

Residuos sanitarios

Con relación a los residuos sanitarios clase I (papel, cartón, metales, vidrio, restos de comida, etc.) y los residuos sanitarios de clase II (“residuos biosanitarios asimilables a urbanos”) (p.e., vendajes, gasas, guantes y otros desechables quirúrgicos), los poseedores estarán obligados a entregarlos a las entidades locales, en las condiciones que determinen las ordenanzas.

Residuos sanitarios especiales (biosanitario, clase III, o citotóxicos, clase VI)

Deberá garantizar que los materiales sanitarios especiales se entregan a un gestor de residuos autorizado. La normativa también admite que los residuos sean tratados en el lugar de producción, para lo cual se deberá disponer de la correspondiente autorización de gestión.

Biorresiduos o materia orgánica

Se podrán depositar en el punto público de recogida de residuos situado en la vía pública o, en su caso, en el contenedor facilitado por la Mancomunidad para uso de tu establecimiento, que será objeto de una recogida especial dos veces a la semana.

¿Qué depositar?

Restos de carne y pescado
Fruta y verdura
Restos de marisco, cáscaras de huevo y de frutos secos
Restos de infusiones y borras de café
Papel de cocina y servilletas manchadas de aceite
Otros restos de alimentos crudos y cocinados

¿Qué no depositar?

Restos de barrer
Mascarillas (debe ir a la fracción resto)

Papel y cartón

Se podrá depositar plegado en tu contenedor azul facilitado por la Mancomunidad para el uso de tu establecimiento, que será objeto de una recogida especial de la Mancomunidad dos veces a la semana.

En ningún caso se puede tirar o dejar al lado de contenedores de residuos en la calle.

¿Qué depositar?

Periódicos y revistas
Folios
Libros
Folletos
Cajas, envases, bolsas o embalajes de cartón
Bolsas de papel

¿Qué no depositar?

Papel de cocina y servilletas de papel manchadas
Tetrabriks (debe ir al contenedor amarillo)
Papel de aluminio o sanitario
Cartón y papel plastificados
Cartón y papel manchados de grasas y pinturas
Mascarillas (debe ir a la fracción resto)

Vidrio

Se podrá depositar en el punto público de residuos situado en la vía pública en los iglús verdes.

¿Qué depositar?

Botellas y botellines de vidrio de refrescos, vino, licores, agua, etc.
Tarros y frascos de vidrio de conservas, de bebidas, de perfumes, etc.

¿Qué no depositar?

Tapas y tapones
Platos y vasos
Cerámica
Fluorescentes y bombillas

Envases

Se podrán depositar en el punto público de residuos situado en la vía pública en el contenedor o iglú de color amarillo.

¿Qué depositar?

Botellas y envases de plástico (productos de higiene y limpieza, tarrinas, bandejas, envoltorios y bolsas, botellas con tapas y tapones)
Envases metálicos (latas, bandejas de aluminio, aerosoles, botes de desodorante, tapas y tapones metálicos)
Briks (de leche, zumos, sopas, etc.)
Envases de madera (cajas de frutas y verduras)
Envases de cerámica (de yogures, cuajadas, natillas, etc.)

¿Qué no depositar?

Utensilios de cocina
Cubos y elementos de plástico, no envases
Mascarillas (debe ir a la fracción resto)

Resto

Se podrán depositar en el contenedor de color verde o gris situado en la vía pública.

¿Qué depositar?

Textil sanitario y productos de aseo: pañales; compresas y tampones, toallitas húmedas, maquinillas de afeitar, etc
Polvo de barrer y bolsas de aspiradora
Platos, tazas y otros elementos de cerámica
Utensilios de cocina y cubos de plástico
Elementos de plástico o metal, no envases

¿Qué no depositar?

No se podrán depositar las fracciones que tienen su propio contendedor o sistema de recogida separada (biorresiduos, papel y cartón, vidrio, envases).

Residuos que deben ser depositados en Punto Limpio o verde o recogidos a través de servicio especial

Los puntos limpios permiten la recogida separada de determinados residuos comerciales en pequeñas cantidades. Si pretendes entregar cantidades importantes, debes ponerte en contacto previamente con la Mancomunidad a través del siguiente correo electrónico: autonomosmicroempresas@sierranorte.madrid

No podrán depositarse aquellos residuos sanitarios que tengan concretas exigencias de gestión en el Decreto 83/1999 de la Comunidad de Madrid.

¿Qué depositar?

Mobiliario y enseres
Podas
Aparatos eléctricos y electrónicos (neveras, pequeños electrodomésticos, etc.)
Textil
Tubos fluorescentes, lámparas LED y otras bombillas y luminarias
Pilas y acumuladores
Envases contaminados con pictograma de peligrosidad (insecticidas, productos químicos de limpieza / desinfección, etc.)

¿Y si tengo más dudas?

Si quieres saber más sobre los requisitos que debes cumplir en materia de residuos, pulse aquí.

Si quieres plantear alguna duda o consulta, mándanos un correo electrónico a: autonomosmicroempresas@sierranorte.madrid

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